Se entiende por avería mecánica, eléctrica o bien electrónica, la inutilidad operativa (conforme a las especificaciones facilitadas por el fabricante) de la pieza garantizada, debido a una rotura imprevista o a un fallo mecánico o eléctrico.
No se incluye la reducción gradual en el rendimiento operativo de la pieza garantizada, que sea proporcional y equivalente a su antigüedad y kilometraje, ni evidentemente las averías que sean derivadas de accidentes o cualquier influencia externa.